Firma de Convenio para Servicio Social

Para gestionar la firma de un convenio de colaboración para la prestación del Servicio Social de los(as) estudiantes de la Universidad Autónoma del Estado de Quintana Roo en instituciones públicas, sociales y/o privadas, ya sea para registrarse como nueva institución receptora o por actualización de convenio terminado, se requiere la siguiente documentación:

  1. Propuesta de Programa de Servicio Social, debidamente requisitado en el formato Programa de Actividades de Servicio Social de la Universidad Autónoma del Estado de Quintana Roo, firmado y sellado por la institución interesada.
  2. Oficio de intención* en hoja membretada de la institución interesada, en la firma de convenio de colaboración en materia de Servicio Social, dirigido al Mtro. Francisco Xavier López Mena, Rector de nuestra institución, o en su caso al Coordinador o Coordinadora de Unidad Académica correspondiente, donde se establezca la intención de celebrar el convenio con la Universidad Autónoma del Estado de Quintana Roo, el giro y las actividades que realizan.
  3. Documentación soporte* de la solicitud de firma (formato de requisición):
    • Copia simple del acta constitutiva, decreto de creación o disposición de ley.
    • Copia simple de la Cédula de Identificación Fiscal (Registro Federal de Contribuyentes).
    • Copia simple del comprobante de domicilio legal vigente.
    • Copia simple de identificación oficial del representante/apoderado legal o de quien vaya a signar el convenio.
    • Copia simple del nombramiento del representante legal o poder notarial, es decir del Poder de firma del apoderado legal o de quien vaya a signar el convenio.
    • Oficio en hoja membretada de la institución interesada, donde se especifique: el nombre completo de la persona designada por dicha institución para supervisar el cumplimiento del convenio; nombre completo y cargo de la persona que firmará como testigo de la misma.
    • Copia simple de la identificación oficial del testigo de la institución interesada.
    • En su caso, para las personas físicas: copia simple de CURP y copia simple de acta de nacimiento.
    • En caso de ser una institución privada y/o social, copia simple de la boleta de registro del Registro Público de la Propiedad y el Comercio.
  4. Previamente turnada la propuesta de Programa de Servicio Social a la División Académica para su análisis de pertinencia por parte del Área de Servicio Social de la Universidad, y en su caso la validación positiva de la misma por dicha autoridad académica, el Oficio de propuesta de la firma de convenio, emitido y firmado por el(la) Director(a) de División Académica de la licenciatura de adscripción**, dirigido al Mtro. Víctor Boeta Pineda, Director General de Asuntos Jurídicos de nuestra universidad, o en su caso a la M.A. Dafne Danae Rodríguez Dacak, Jefa del Departamento de Becas y Prácticas Escolares, en el que se comunica el visto bueno para la elaboración del convenio con la institución interesada, en virtud a la pertinencia de las actividades a realizar en dicha institución con el Programa Académico de la(s) licenciatura(s) en interés.
  5. Formato de requisición de convenio*, debidamente llenado y firmado. Este formato será requisitado por el Área de Servicio Social, a través del Departamento de Becas y Prácticas Escolares, a partir de que se posea los documentos enlistados del numeral 1 al 4.

La documentación deberá ser presentada en forma física y/o digital en el área que administra el servicio social, según el Campus de adscripción de los(as) estudiantes en cuyo perfil se encuentre interesada la institución receptora.

 

* De acuerdo al proceso PGSJ Gestión de los Servicios Jurídicos registrado en el Sistema Institucional de Gestión de la Calidad (SIGC) de nuestra universidad, la documentación requerida por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, la solicitan con fundamento de los artículos 4 (fracción XI, XII y XVI), 23 y 26 de la Ley Orgánica, y del 55 y 56 del Reglamento General de la Universidad Autónoma del Estado de Quintana Roo.

** Facultad de los Directores de División, fundamentada en la fracción VII del artículo 31 y la fracción VI del artículo 36 del Reglamento de Organización Académica de la Universidad Autónoma del Estado de Quintana Roo.