Funciones del H. Patronato

El patronato, para la realización de las facultades encomendadas en la Ley Orgánica, llevará a cabo las siguientes funciones:

I.- Opinar ante el Rector y ante el consejo universitario, sobre los sistemas y procedimientos contables; así como el registro de las operaciones financieras y presupuestales de la universidad, proponiendo los ajustes y reclasificaciones necesarias para proporcionar información a las autoridades de la misma;

II.- Opinar sobre los aspectos técnicos y financieros del ejercicio presupuestal;

III.- Establecer el programa de auditorías periódicas y especiales a cargo del auditor Interno, y emitir su opinión al Rector y al consejo universitario sobre el resultado de las mismas;

IV.- Vigilar se dé cumplimiento a las disposiciones fiscales que afecten a la universidad;
V.- Coadyuvar con las autoridades de la universidad en todas aquellas actividades que tiendan a la conservación e incremento del patrimonio de la misma;
VI.- Las demás establecidas en la Ley Orgánica, en este Reglamento General y en su manual de organización.