EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 15 FRACCIÓN IV Y VI Y 17, 27 FRACCIONES III Y IV DE LA LEY ORGÁNICA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE QUINTANA ROO Y LOS ARTÍCULOS DEL 10, 11, 12, 14, 15, 17, 19 y 20 DEL REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LAS AUTORIDADES COLEGIADAS DE LA UNIVERSIDAD, LA COMISIÓN TRANSITORIA ELECTORAL DESIGNADA POR EL CONSEJO DIVISIONAL
Este procedimiento se fundamenta en lo establecido en el Reglamento de Investigación y en el Reglamento de la Organización Académica Departamental, con el propósito de regular la organización y desarrollo de los proyectos de investigación internos, con y sin financiamiento, así como establecer criterios homogéneos para el registro y la conclusión de dichos proyectos en todas las Unidades Académicas y Divisiones.