Las facultades de cada área.
El gobierno de la Universidad esta encomendado a sus autoridades en términos del artículo 7 de la Ley Orgánica; sus facultades están previstas en la propia Ley Orgánica y en el Reglamento General, siendo las siguientes:
VII. Los Coordinadores de Unidad;
VII. Los Consejos de División;
VIII. Los Directores de División;
1.- El Secretario Técnico de Docencia
2.- El Secretario Técnico de Posgrado e Investigación
3.- El Jefe de Departamento Académico